30 abril, 2026

Tribunal admite a la Fiscalía la primera demanda para extinción de dominio de un inmueble en QR

El fiscal Óscar Montes de Oca precisó que el Tribunal Superior de Justicia admitió la primera demanda para la extinción de dominio en Quintana Roo (Fotografía: FGE)

Staff El Mirador QR

Cancún.- La Fiscalía General del Estado (FGE) informó que el pasado 14 de octubre, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Quintana Roo admitió la primera demanda para la aplicación de la extinción de dominio respecto a un inmueble en el cual se realizaban -de manera reiterada- actividades relacionadas con la venta de drogas.

Este acto, señaló la FGE a través de un comunicado, “sienta un precedente histórico para el estado de derecho en Quintana Roo, puesto que afecta directamente los espacios y los recursos de la delincuencia”.

Este procedimiento se aplica en los términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, la cual fue publicada el 9 de agosto de 2019.

La citada Ley fue expedida por el presidente de la República y es reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos acorde con la convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, entre otros instrumentos Internacionales y que son vinculatorios para el Estado Mexicano.

Esta herramienta jurídica, es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes que son objeto, instrumento o producto del delito sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal.

El procedimiento es por la vía judicial de naturaleza civil, de carácter patrimonial y con prevalecencia en la oralidad, los beneficios que se obtengan de la adjudicación quedarán bajo custodia de una autoridad administradora y -una vez dictada la sentencia-, serán destinados al servicio público, programas sociales u otras políticas públicas prioritarias. 

Cabe destacar, que para llevar el control de estos bienes, existe un registro nacional de extinción de dominio administrado por la Secretaria Técnica de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Los delitos por los cuales se podrá aplicar la extinción de dominio y en lo que compete a la autoridad estatal, son los referentes a: contra la salud, trata de personas, secuestro, corrupción, encubrimiento, robo de vehículos, extorsión, entre otros.

Con información de la FGE