
Agencia SIM
Cancún.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este viernes una resolución del Instituto Nacional Electoral (INE), por la que se deslindaba a Lili Campos Miranda, entonces candidata a la presidencia municipal de Playa del Carmen, y a la coalición “Va por Quintana Roo” (PAN-PRI-PRD-Confianza) de diversas publicidades en Facebook que presuntamente equivalían a adquisición de cobertura informativa y entrega de especies.
Los magistrados votaron este viernes en sesión virtual por unanimidad el Recurso de Apelación 110/2021, el que fue interpuesto por el Partido del Trabajo (PT), inconforme por la decisión del INE de declarar infundado el Proceso Especial Sancionador interpuesto contra esta candidata.
De acuerdo al Tribunal, el INE incurrió en una falta de exhaustividad, al determinar que las publicaciones de Facebook denunciadas eran un ejercicio de “libertad de expresión”, sin analizar su contenido.
Al no revisar las publicaciones mismas, no pudieron pronunciarse sobre las conductas denunciadas, de que se trataba de cobertura informativa adquirida (“pauta”) y de que en ellas se mostraba entrega de especies.
Por tanto, la Sala Xalapa ordenó al INE emitir una nueva resolución, después de un análisis exhaustivo de las publicaciones denunciadas.
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