1 mayo, 2026

Propone Erika Castillo Ley de Estacionamientos en Quintana Roo

La diputada local de Morena, Erika Castillo, presentó la Iniciativa de Decreto para crear la Ley de Estacionamientos de Quintana Roo (Fotografía: Staff)

Por Julio César Solís

Chetumal.- La diputada local de Morena, Erika Castillo Acosta, presentó una Iniciativa de Decreto para crear la Ley de Estacionamientos de Quintana Roo, que contendría, entre otros puntos, la obligatoriedad para concesionarios de contar con pólizas de seguro contra robo de vehículos.

De igual forma pretende regular a los parquímetros. 

El objetivo de la propuesta es regular el servicio, debido a que las quejas de abusos por parte de las ante la inexistencia de una Ley que estipule sus reglas de operación.

Erika Castillo, quien encabeza la comisión de Movilidad en la XVI Legislatura Erika Castillo, precisó que el planteamiento otorgaría a los Ayuntamientos la facultad de entregar concesiones y cobrar los derechos, “lo que significa una derrama económica para las arcas municipales”.

La propuesta obtuvo el respaldo del Partido Verde y el MAS (Fotografía: Staff)

Aunado a ello, la Ley exigirá al concesionario la implementación de un seguro contra robo total o parcial y daños a los vehículos.

“La iniciativa tiene por objeto establecer un marco jurídico estatal a través del cual se coadyuve con los Ayuntamientos bajo la expedición de una norma en la que los dueños de los establecimientos que presten el servicio de estacionamiento público tengan certeza del marco jurídico que les será aplicable y que los usuarios sientan la seguridad al depositar o dejar sus vehículos bajo el resguardo de estos establecimientos”, señaló. 

Por ser de interés público, estos son algunos puntos importantes de la Iniciativa:

  • Se establecen como tipos de estacionamiento; privado, público de paga, público gratuito y en la vía pública. 
  • Se establece la gratuidad de los estacionamientos públicos de paga, siempre y cuando el usuario compruebe haber realizado actos de comercio dentro de la propia edificación. 
  • Se faculta a los ayuntamientos para que a través de su unidad administrativa que para tal efecto designen autoricen las actividades relacionadas con la prestación del servicio público de estacionamiento. 
  • Se establece como requisito obligatorio para quien solicite ante el ayuntamiento su licencia de funcionamiento para la prestación del servicio de estacionamiento contar con póliza de seguro vigente contra robo total, daño y responsabilidad civil, además de que serán responsables directos de cualquier robo parcial que pudiere sufrir cualquier vehículo en su guarda.
  • Se establece como requisito obligatorio para quien solicite licencia de funcionamiento para la prestación del servicio de estacionamiento, el Proyecto Ejecutivo del estacionamiento, que contendrá como mínimo los planos arquitectónicos del estacionamiento y la ubicación de las entradas, las salidas y en los casos aplicables, las respectivas casetas de cobro.
  • Se establece la regulación de los parquímetros.
  • Se establece la regulación del servicio de acomodamiento, entendiéndose por tal, al servicio gratuito u oneroso, por el cual un empleado del prestador del servicio recibe el vehículo del usuario y lo estaciona debidamente en un espacio propio o en cualquiera de los estacionamientos.
  • Se establece la facultad del Ayuntamiento para realizar la inspección, vigilancia y sanción, a través del área administrativa municipal que corresponda.