21 abril, 2026

Alberto Batún le da certeza jurídica a las familias de los concesionarios en desamparo 

Alberto Batún, diputado local de Morena en el Congreso (Fotografía: Staff)

Redacción/El Mirador QR

Chetumal.- Con la aprobación de reformas a la Ley de Movilidad, se les brinda a las familias transportistas certeza, justicia y orden en la transmisión de los derechos concesionarios, porque para ellas es la herramienta que les permite llevar el sustento al hogar, es el esfuerzo de toda una vida, expuso en tribuna el diputado, Alberto Batún, creador de dicha reforma.

La reforma se aprobó en el marco de la sesión ordinaria número 21 del Congreso local, la cual fortalece la certeza jurídica en los procesos de cesión o transmisión de concesiones, particularmente en casos de fallecimiento o declaración judicial de ausencia de la persona titular.

En Cancún hay mas de mil casos de personas que no han podido realizar el trámite, y con la reforma cuentan ya con una herramienta legal que les ampara. 

“Porque perder el patrimonio por no haber podido cumplir en un plazo tan corto (120 días) no es justicia”, enfatizó el Amigo del Pueblo, quien precisó que ahora tendrán 365 días para ello. 

Entre los aspectos más relevantes aprobados en la reforma del Amigo del Pueblo, destacan:

•  Se establece que las personas beneficiarias deberán presentar la solicitud correspondiente ante el Instituto en un plazo máximo de 365 días naturales, contados a partir del fallecimiento o de la declaración de ausencia del titular.

•  En caso de existir un procedimiento judicial por declaración de ausencia, el plazo comenzará a correr una vez que la sentencia cause ejecutoria, brindando mayor claridad legal.

•  Se otorgan facilidades y plazos específicos para personas beneficiarias que no hayan realizado el trámite previamente, permitiendo regularizar su situación conforme a derecho.

•  Se contempla la posibilidad, por única ocasión y de manera excepcional, de que familiares directos (cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales hasta segundo grado) puedan acreditar su derecho, aun cuando no hayan sido previamente registrados como beneficiarios.

•  Se instruye al Poder Ejecutivo del Estado a realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes en un plazo no mayor a 180 días naturales, a fin de armonizar la normativa vigente.

•  Se garantiza que las concesiones no hayan sido previamente extinguidas o reasignadas para poder acceder a estos beneficios.

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