
Por Carlos Águila Arreola
Cancún.- El presidente honorario de la asociación civil “Defensoría Internacional de Derechos Humanos”, Gerardo Solís Barreto, denunció ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presuntos actos ecocidas en el lujoso fraccionamiento Puerto Cancún.
De acuerdo con la queja y/o denuncia que el abogado -que alcanzó notoriedad por encabezar a varios menores “para gozar un medio ambiente sano” contra el hotel Riu Riviera Cancún- presentó en la dependencia, durante el paso del huracán “Zeta” se taló manglar y actualmente se rellenan zonas de manglar.
“Aprovechando el paso del huracán Zeta (se) llevaron a cabo actos que vulneran la ecología, y por medio de maquinaria pesada y personal de la empresa que ahí opera talaron manglar y están rellenando el área conocida como laguna Morales; lugar que es de muy difícil acceso (…) la empresa está haciendo actos ecocidas”, se lee en el documento rubricado como “Recibido” por la Profepa.
El presunto ecocidio estría vulnerando el Artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), que a la letra señala “Queda prohibida la remoción, relleno, trasplante, poda o cualquier obra o actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de influencia…”.
Los manglares son una especie protegida por la Norma Oficial Mexicana (NOM) 059, por su alta importancia en el equilibrio del medio ambiente costero, y es un ecosistema que progresa donde hay agua, pero no estancada, el cuerpo líquido se tiene que mover; cuando se interrumpe el flujo, se impacta y muere.
Solís Barreto señaló que la zona que actualmente se rellena forma parte de la laguna Morales, último sitio de manglar inundado frente a la playa dentro de Puerto Cancún, n humedal que fue rodeado por construcciones y un club de playa.
El también miembro del “Consejo Independiente para la Protección de los Derechos Humanos en Quintana Roo”, comentó que los manglares son barreras entre el mar y la costa, previniendo la erosión y reduciendo el efecto de oleajes y marejadas en eventos climáticos extremos; son una especie de escudo ante tormentas y huracanes.
El jurista advirtió que si la Profepa no actúa caería en negligencia, que se sanciona por el artículo 248 del Código Penal vigente “con seis meses a tres años de prisión y de 10 a 50 días multa al servidor público que se abstenga de hacer las promociones que legalmente le sean procedentes…”.
El monto económico se calcula tras multiplicar el valor actual diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es de 86.88 pesos (en este caso por 10 y 50); es decir, los infractores sólo tendrían que pagar la irrisoria cantidad -para empresas de ese tamaño- de 868 a cuatro mil 344 pesos.

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